viernes, 30 de junio de 2023

ANULADA LA CONDENA A AHMED TOMMOUHI, QUE PASÓ 15 AÑOS EN PRISIÓN TRAS SER CONFUNDIDO CON UN VIOLADOR

Elena Burés

ABC, 30/06/2023

["Yo sí te creo hermana"... Éste es el resultado de esa política, una política aplicada muchas veces de manera selectiva a hombres inmigrantes de países pobres. Por cierto, a la cabeza del tribunal que obvió pruebas que absolvían a Ahmed estaba nuestra ínclita Ministra de Defensa, amiga del régimen nazi de Kiev y feminista de pro, Margarita Robles.]


El Supremo estima el recurso de revisión contra el fallo de la Audiencia de Barcelona, cuyo tribunal integró Margarita Robles, y que no tuvo en cuenta un informe que demostraba que el semen localizado en la ropa de la víctima no coincidía con el del acusado

Un hombre que fue confundido con un violador sale en libertad condicional tras 15 años de cárcel


Ahmed Tommouhi pasó 15 años en prisión por la violación a una menor de 14 años en Cornellá (Barcelona) que él no cometió. Ahora, el Tribunal Supremo ha anulado el fallo de la Audiencia de Barcelona que en 1992 lo condenó, ignorando un informe pericial que demostraba que el semen encontrado en la ropa de la víctima no se correspondía con el suyo.

Es más, años después, la mujer agredida reconoció en una entrevista que se equivocó al identificar a Ahmed como su atacante. Ahora el alto tribunal ha estimado el recurso de revisión del marroquí, de 72 años, y anula el fallo que le impuso 24 años de cárcel por dos delitos de violación y dos faltas de lesiones.

Una condena que el tribunal de la Audiencia, del que formó parte la actual ministra de Defensa, Margarita Robles, le impuso porque los informes que realizó la Policía Científica de Barcelona nunca llegaron. La prueba se había admitido y formaba parte del procedimiento pero, tal y como apunta ahora el Supremo, los peritos no acudieron a declarar en la vista oral y los magistrados no suspendieron el juicio para su posterior citación.

La Sección 9ª «declinó suspender el juicio y volverlos a citar, argumentando a mayores que 'ningún valor cabía dar a dicha prueba, por cuanto la misma carecía de los requisitos necesarios para su validez y por tanto, aun cuando hubiese sido ratificada en el acto del juicio oral, habría carecido de valor probatorio'».

«Al dictar sentencia atendieron únicamente a las conclusiones de un informe posterior, de abril de 1992, consistente en un análisis de sangre, siendo los argumentos de la condena, lógica y biológicamente, incompatibles con los marcadores del semen, dado que el resto recuperado en la zona vaginal de la braga de la víctima, no se corresponde con los marcadores del hoy recurrente, Ahmed Tommouhi», reza ahora el fallo de la Sala de lo Penal.

Y es que los propios peritos de la Científica han ratificado que el ADN no se correspondía con el de Ahmed, tampoco la sangre que se localizó en la camisa tipo polo. Fue una investigación, que el periodista Braulio García Jaén plasmó en 'Justicia poética' (Seix Barral, 2010), la que desveló que la condena de la Audiencia había ignorado la comparativa que exculpaba al entonces acusado.

Al marroquí lo detuvieron en noviembre de 1991, cuando tenía 40 años, en una pensión de Tarrasa. Junto a otro compatriota, Abderrazak Mounib, que también era inocente, le atribuyeron la autoría de varias agresiones sexuales, perpetradas ese año en Barcelona y Tarragona, por las que fueron condenados, con tres sentencias firmes.

Seis años más tarde, en 1997, el Supremo anuló una de ellas, después de que las pruebas de material genético los exculpasen. La violación la había perpetrado un ciudadano español y agresor sexual reincidente, Antonio García Carbonell. También participó un cómplice de éste, no identificado. Fue el empeño de un guardia civil el que llevó hasta el verdadero culpable, que guardaba gran parecido físico con Tommouhi. Ese parecido fue el que hizo que la víctima, que entonces tenía 14 años, lo identificase como su atacante.

Así, pese a que el Instituto Armado detuvo a García Carbonell en 1995, demostrando que había sido él y no los acusados quienes había perpetrado uno de los ataques –así lo verificó el ADN–, los dos marroquíes siguieron entre rejas porque no hubo pruebas similares –las muestras obtenidas estaban muy deterioradas– para los otros casos que les atribuyeron y por los que también los condenaron. Mounib murió en el penal de Can Brians en el año 2000, de un infarto, y Ahmed Tommouhi acabó cumpliendo 15 años de cárcel con una única prueba de cargo: la declaración de la denunciante que, años después, se desdijo, como recoge ahora el Supremo.

Después de que el ADN demostrase que no había cometido una de las violaciones que se le atribuyeron, el entonces fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, firmó, en 1999, una propuesta de indulto –que el marroquí nunca pidió–, pero la medida de gracia nunca llegó.

Una «omisión»

Tres décadas después, «por fin se ha hecho Justicia, pero si alguien me ha enseñado el concepto de Justicia, ese ha sido Ahmed Tommouhi. Ojalá nunca más tengamos que pelear por obtener sentencias como ésta, eso será señal de que la Justicia es una verdad», celebró ayer su abogada, Celia Carbonell, tras conocer el escrito en el que la Sala de lo Penal reprocha que para la Audiencia «pasó desapercibido» el informe que demostraba que los restos localizados no pertenecían al acusado.

Una «omisión» reza el fallo, que «podría haber sido subsanada si ante la no comparecencia de los peritos al juicio oral, la Audiencia hubiera accedido a la suspensión solicitada por la defensa, volviendo a citarlos».